SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2012

Fecha: 06-Jul-2012

III.3. El necesario dimensionamiento de los efectos de las sentencias constitucionales

En ese sentido, la SC 0646/2011-R de 3 de mayo, refiriéndose a la SC 0082/2000 de 14 de noviembre, estableció respecto a este aspecto que: “…según la doctrina constitucional existen diversas formas de interpretación como la 'previsora' la que al ser realizada requiere que, el contralor de constitucionalidad como máximo intérprete de la Constitución, adopte previsiones sobre los efectos y consecuencias de las decisiones asumidas a partir de la interpretación”.

De lo referido anteriormente, se colige que es un deber de este Tribunal Constitucional Plurinacional prevenir las consecuencias que podrían generarse a partir de sus decisiones, por lo que para evitar un desequilibro en el orden jurídico, ocasionando una inseguridad jurídica es pertinente pronunciar una sentencia modulando los efectos de la misma, cuando así corresponda y el caso lo amerite.