SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2012

Fecha: 06-Jul-2012

1)

Haciendo uso de su derecho a la réplica, mencionaron: 1) La cláusula décima quinta del contrato suscrito entre LONABOL y la empresa Juegos de Lotería “LOTEX” S.A., establece que con relación a la parte impositiva correrá por cuenta de ésta última el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de la presentación de la propuesta, por lo que la ley que pretenda aplicar el IVA y el IT sobre las máquinas no tiene carácter retroactivo de acuerdo al art. 123 de la CPE; 2) La empresa “LOTEX” S.A. ahora llamada “Bahiti” S.A., dio a través del IVA y el IT al Estado un total de $us250 000.-; 3) De una carta dirigida al Vicepresidente del Estado enviada por el representante legal de “Bahiti” S.A., se tiene que aportaron $us33 387 142.- (treinta y tres millones trescientos ochenta y siete mil ciento cuarenta y dos dólares estadounidenses), comparado con “HOART” Bolivia, que sólo aportó $us3 750 000.- (tres millones setecientos cincuenta mil dólares estadounidenses); 4) Respecto a que presentaron un “contencioso” es falso, ya que “LOTEX” S.A. transfirió su concesión a “Bahiti” S.A., por lo que no tiene ninguna relación con la empresa que presentó esta acción de amparo constitucional; y, 5) No se están yendo contra elCódigo Tributario Boliviano, ni la Ley 843, como tampoco desconocen la aprobación administrativa del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010