SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2012

Fecha: 06-Jul-2012

1)

El abogado de la parte accionante se ratificó in extenso en los términos expuestos en el memorial de interposición de esta acción, y ampliándola señaló: 1) La parte accionante renuncia a la acción de amparo constitucional contra las personas que no han sido notificadas; sin embargo, estos tienen sus suplentes y es obligación de ellos estar presentes; y, 2) A efectos de proseguir con su petitorio, el 12 de abril de 2010, solicitaron se les notifique con la OM 192/2006, no habiendo obtenido ninguna respuesta, solicitud que estuvo amparada en el art. 24 de la CPE, solicitando la atención prioritaria en el asentamiento.