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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2012

    Fecha: 06-Jul-2012

    II.12.

    II.12.  Se evidencia por la OM 106/91, que se dispuso en el art. 1, el asentamiento provisional de la Asociación de Comerciantes Minoristas “17 de Diciembre”, los días lunes, miércoles y sábados en la Av. Sucre y Av. 11 de la zona Alto Lima Tercera Sección “en área triangular” de la ciudad de El Alto (fs. 143).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • Fragmento 7
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.14.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.De las ordenanzas y resoluciones municipales
    • Fragmento 17
    • a) de sujetos: que sean las mismas personas que presentan el recurso y lo dirigen contra la misma autoridad o personas particulares contra las que recurrieron antes; b) de causa: que el motivo (acto o resolución), que da origen al amparo, sea el mismo en ambos casos; y c) de objeto: que el propósito del recurso, sea el mismo tanto en el primer como en el segundo amparo´. Así la SC 0115/2003-R de 28 enero”
    • toda acción tutelar de derechos y garantías debe concluir con la Resolución del Tribunal Constitucional que conoce en revisión los fallos pronunciados por el Juez o Tribunal de amparo
    • III.3.La necesaria modulación de los efectos de las sentencias constitucionales
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • 2º Dimensionar

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