SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2012
Fecha: 09-Jul-2012
Con relación a legitimación pasiva
Se tiene que el accionante, si bien interpuso el recurso de revocatoria, éste fue dirigido contra Rosio Ovando Tarifa y Elías Reynaldo Ajata Rivera, ambos Presidentes del Consejo Universitario de la UPEA; al respecto, conforme el art. 2 del Reglamento del Consejo Universitario de la UPEA, la conformación del mismo es: “Delegados con derecho a voz y voto:
a) Los Decanos de Carrera; b) Un delegado del Centro de Estudiantes de cada área; c) Los Directores de Carrera; d) Un delegado del Centro de Estudiantes de cada Carrera; e) Un Delegado Docente de cada Asociación de Carrera; f) Un delegado estudiantil de base de cada Carrera; g) Un Delegado de la Federación Universitaria de Docentes; y, h) Un Delegado de la Federación Universitaria Local Delegados con derecho a voz.
Asimismo, las Resoluciones aludidas por el accionante, no fueron dictadas solamente por los demandados, por el contrario el Consejo Universitario está conformado por todo un cuerpo colegiado cuyas decisiones son adoptadas por el mismo; consecuentemente, no es un acto asumido sólo por los demandados, en este orden la legitimación pasiva les correspondería a todos los miembros del Consejo Universitario de la UPEA; sin embargo, conforme a los razonamientos de la jurisprudencia mencionada en el Fundamento Jurídico III.3, se entiende que no es necesario demandar a todos los miembros del Consejo Universitario.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- “improcedente”
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la legitimación pasiva de los entes colegiados
- SC 0994/2005-R y otras emitidas en el mismo sentido, y se entiende que no es necesario demandar a todos los miembros del Consejo Universitario en su totalidad.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Con relación a legitimación pasiva
- Con relación a la subsidiariedad
- APROBAR