SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0537/2012
Fecha: 09-Jul-2012
1)
Por su parte, la Fiscal Departamental -codemandada-, Betty Yañiquez Lozano, presentó informe escrito cursante de fs. 58 a 59, expresando: 1) René Quispe Huanca formalizó denuncia contra Nancy Bertha Mamani Condori y otro, por la supuesta comisión del delito de cohecho pasivo propio y otro “caso 4968/2011”; 2) A su vez, Nancy Bertha Mamani Condori y “Rogelio” Montes Vargas sentaron denuncia contra René Quispe Huanca, por el presunto delito de allanamiento “caso 4984/2011”; 3) El 27 de marzo de 2012, Rogelia Montes Vargas, presentó recusación al Fiscal de Materia, quien remitió informe el 29 de ese mes y año, en cumplimiento del art. 73 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP). El 30 del mes y año indicados, se dictó la Resolución 181/2012, desestimando la recusación, ordenando que el Fiscal continúe con las investigaciones; y, 4) En ningún momento se pronunció una determinación fuera del marco de la Ley; su autoridad se encuentra habilitada y son falsas las afirmaciones en sentido que tendría interés en el proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- III.2. La tutela al debido proceso vía acción de libertad
- Fragmento 22
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 24
- cualquier acto ilegal y/o arbitrario durante la investigación en que incurriere el Ministerio Público como titular de la acción penal o la Policía Boliviana como coadyuvante, deberá ser denunciado ante el juez de instrucción en lo penal, que tenga a su cargo el control jurisdiccional de la investigación
- III.4. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural
- Fragmento 27
- Con referencia al Fiscal de Materia demandado, Genaro Quenta Fernández
- Fragmento 29
- En cuanto al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal de La Paz codemandado, Javier Rolando Chaca Quina
- APROBAR