SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2012
Fecha: 09-Jul-2012
a)
A tiempo de hacer uso de la réplica manifestó: a) El anterior Oficial de Diligencias, antes de cometerse el acto ilegal, presentó informe indicando que son seis a siete personas las que viven en el inmueble, entre ellas está su cliente; b) El acto arbitrario es el Auto de 4 de noviembre de 2009, con el que se elaboró el mandamiento de desapoderamiento.
En audiencia, señaló que: a) La acción de tutela no cumple con los requisitos previstos en el art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), debido a que no precisa los derechos y las garantías que se consideran restringidos o suprimidos; b) La acción de amparo constitucional procede contra toda resolución, acto u omisión indebida de autoridad o funcionario; empero, el mandamiento es una orden no una resolución; c) La ejecución de resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada no puede suspenderse por ningún recurso ordinario ni extraordinario; y, d) Se ejecutó el desapoderamiento con el auxilio de la fuerza pública y de un Notario de Fe Pública donde no consta la participación de la ahora accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.1.1. Excepción a la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- sin embargo, la doctrina constitucional ha establecido que de manera excepcional procede la tutela directa e inmediata, aún prescindiéndose de la referida naturaleza subsidiaria del amparo, cuando se advierta que existe una evidente lesión al derecho invocado, daño irreparable que determinaría que la protección resulte ineficaz por tardía, al tratarse de medidas de hechos cometidas por autoridades públicas o por particulares
- III.2. Derecho a la igualdad
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso
- III.4. En cuanto al derecho a la defensa
- III.5. Derecho a la vivienda
- los gobiernos tienen la obligación de procurar que todos sus residentes puedan ejercer este derecho
- III.6. Límites de la cosa juzgada
- III.7. El rol del juez en el proceso civil
- III.8. Análisis del caso concreto
- III.9. Otras consideraciones
- APROBAR