SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2012

Fecha: 09-Jul-2012

i)

José Walker Paniagua Castellón, mediante memorial presentado el 23 de marzo de 2010, indicó: i) La accionante no señala el número de inmueble ni tiene registro domiciliario; ii) Los Autos de Vista no causan jurisprudencia ni acreditan derecho alguno sobre el inmueble de la litis; iii) La autoridad demandada dio cumplimiento a la entrega del inmueble demandado y declarado probado en el fallo; iv) La accionante no es propietaria ni poseedora sino una detentadora, ya que la Resolución de usucapión no está ejecutoriada; v) Florentina Rodríguez de Canchi -hoy accionante- no es parte del proceso, y el mandamiento de desapoderamiento lanzó a María del Carmen Canchi Rodríguez, Harold Valda y Vicente Visir Valda; y, vi) Existen recursos ordinarios e incidentes que aún pueden ser presentados si la accionante se considera supuestamente afectada. En base a ello solicita se declare improcedente la presente acción por falta de personería e incumplimiento del art. 129.I de la CPE.