Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2012
Fecha: 09-Jul-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 23 de marzo de 2010, cursante de fs. 58 a 63 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Fernando Uriona Villalta contra Bertha Acosta Rodríguez, Tomás Reyes Peralta, Isabel Romero, Ruth Prudencio Vargas, Fortunata Pozo Antezana, Pedro Guzmán Villarroel; y, Marina Camacho Taborga, Presidenta, Secretario, Concejales; y, ex Concejal, respectivamente, del municipio de Aiquile, provincia Campero del departamento de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concede en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- III.2. Subreglas de la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. La reconsideración como una vía impugnativa de los actos del Concejo Municipal
- III.4. La reconsideración y el silencio administrativo negativo
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º