SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2012

Fecha: 20-Jul-2012

concedió

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 047 de 17 de abril de 2012, cursante de fs. 152 a 155 vta., concedió la tutela solicitada, ordenando la restitución del accionante al cargo de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Lagunillas del departamento de Santa Cruz, disponiendo que todas las acciones y resoluciones pronunciadas por los demandados, posteriores a los hechos ocurridos el 16 de noviembre de 2011, queden sin efecto, en base a los siguientes argumentos de orden legal: a) En el presente caso concurre la evidente existencia de medidas de hecho, que fueron asumidas de manera arbitraria e ilegal por los ahora demandados, motivo por el cual, es aplicable la jurisprudencia de orden constitucional; al respecto, tal cual lo establece la SC 0270/2010-R de 7 de junio, emitida por el Tribunal Constitucional, textualmente señala que, cuando concurran medidas de hecho, no es necesario agotar la fase previa de impugnación establecida en la Ley de Municipalidades; y, b) No se puede suspender a ningún ejecutivo de Gobiernos Autónomos Municipales, en tanto no exista un proceso previo y se apliquen los procedimientos determinados para su suspensión, aún cuando existan denuncias de carácter penal respecto a su gestión, debiendo considerarse una vez más la jurisprudencia constitucional contenida en la SC 0085/2004-R de 14 de enero.