SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2012
Fecha: 20-Jul-2012
III.8.3. En cuanto a la seguridad jurídica y el derecho al ejercicio de la función pública
Por otro lado, el hecho de obstaculizar el ingreso al inmueble de la administración edil y nombrarse arbitrariamente como Alcalde a uno de los Concejales codemandados en sustitución del ahora accionante y al haberse emitido una serie de resoluciones que no fueron pronunciadas por autoridades legítimamente constituidas, a la luz de la justicia constitucional, vulneró también el principio de la seguridad jurídica y el derecho al ejercicio de la función pública y los otros derechos conexos demandados por el accionante.
Con fines aclaratorios y de pedagogía constitucional, cabe señalar que de acuerdo al art. 58 de la LTCP, el demandante debió interponer su acción constitucional en la provincia correspondiente al municipio de Lagunillas y no presentar la misma ante el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, hecho que generó la obligación de remitir para este cuerpo colegiado, la acción de amparo constitucional interpuesta ante el juez competente; no obstante de aquello en tanto se cumplieron los presupuestos establecidos en la SC 0347/2010-R, por cuanto las autoridades demandadas presentaron informe tanto escrito como en audiencia, se ingresa a analizar el fondo del caso, a cuyo efecto corresponde pronunciarse al respecto, por cuanto no ha existido indefensión.
- acción de amparo constitucional
- a) Antecedentes fácticos
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El derecho
- III.2.1. Jurisprudencia respecto al ejercicio y control político y la función publica
- Por lo tanto, el impedir desempeñarse a una persona en el cargo para el cual ha sido electa o designada, o el alterarle de cualquier manera el correcto desarrollo de sus funciones, afectan gravemente su derecho a ejercer esa función pública, y también el derecho al trabajo;
- III.3. El derecho al trabajo y su configuración constitucional
- Fragmento 14
- III.3.1. Jurisprudencia en cuanto al derecho al trabajo
- debido proceso
- El Estado garantiza el derecho
- III.4.2.
- III.5.
- III.5.1. Jurisprudencia relacionada
- III.5.2. En cuanto al recurso de reconsideración y el agotamiento de la fase administrativa de impugnación en los Gobiernos Autónomos Municipales
- III.5.2.1. Jurisprudencia
- III.6. Competencia de los jueces y tribunales en las acciones de amparo constitucional
- III.6.1. Jurisprudencia
- III.8.1. En cuanto al debido proceso y al derecho a la defensa
- III.8.2. El recurso de reconsideración en el presente caso
- III.8.3. En cuanto a la seguridad jurídica y el derecho al ejercicio de la función pública
- APROBAR