SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2012

Fecha: 20-Jul-2012

i)

Los terceros interesados Roque Wilson Armella Chavarría, Pastor Villca Ayaviri, Oscar Mendieta Sivila, Elvira López Rueda, Adela Baldiviezo Gutiérrez de Mendieta, Eloy Céspedes Villca, Natividad Céspedes Villca de Lucas, Marcos Ovidio Gareca Vaca, Hernán Chavarría Sánchez, Irma Alfaro Figueroa de Chavarría, Leocadia Figueroa y Elizabeth Alfaro Figueroa, los últimos cuatro representados legalmente por Paola Chavarría Alfaro, expresando a través de su abogado, que: i) Los fundamentos expuestos por los accionantes, inviabiliza solucionar en esta jurisdicción, estando impedidos de ingresar al fondo y concierne únicamente a la jurisdicción ordinaria que conoció el caso; ii) Por la documentación que se presentó en audiencia de amparo constitucional, se advierte que no existió violación al derecho a la defensa o incongruencia en el “Auto de Casación” 19/09; además, si esta decisión judicial es lesiva a sus intereses tienen el recurso previsto en el art. 297 del Código de Procedimiento Civil (CPC); iii) La jurisdicción constitucional no puede revisar la valoración de la prueba que ha conocido la jurisdicción judicial en procesos ordinarios; y, iv) No se demostró la vulneración del derecho a la defensa ni tampoco existe incongruencia en el Auto de Casación, por lo que solicitaron se deniegue la tutela de acción amparo constitucional.