SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2012

Fecha: 02-Ago-2012

concedió

La Sala Civil y Comercial Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 52/2010 de 27 de abril, cursante de fs. 124 vta. a 125, concedió la tutela solicitada, disponiendo se libre mandamiento de desapoderamiento y sea con el auxilio de la fuerza pública, otorgándose custodia policial por el plazo de diez días, con los siguientes fundamentos: 1) El art. 1282 del Código Civil (CC) prohíbe hacer justicia por sí mismo bajo pena de sanciones; 2) Se sentó jurisprudencia respecto a la procedencia del amparo constitucional, ante el avasallamiento de tierras por particulares, siempre y cuando la parte accionante acredite su derecho propietario a través de un título no controvertido y demuestre la existencia del hecho; 3) Se han materializado estos dos presupuestos a través de la presentación del título de propiedad y los informes policiales que cursan en el expediente; y, 4) Los “accionados” violentaron el derecho de la propiedad privada establecido en el art. 56.I de la CPE.