Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2012
Fecha: 13-Ago-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, ratificó la acción de amparo constitucional, ampliando la misma bajo la siguiente argumentación: La nulidad se opera frente a esos defectos absolutos que no son susceptibles de convalidación, el acto procesal vulneratorio de los derechos y garantías del “recurrido se encuentra inmerso de dentro del Art. 169 inc. 3), del Código de Procedimiento Penal” (sic); asimismo señaló, “se alzo en apelación incidental ante el Tribunal de la Sala Penal Primera, sin embargo dicho Tribunal también en forma errónea y dejando de lado la interpretación constitucional con relación al art. 403 inc. 4), no admite dicho recurso” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- in limine
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Legitimación activa
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR