Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.7.
II.7. Cursa de fs. 149 a 150 notificaciones a Roberto Eduardo Barrientos Ruiz y a Carlos Alberto Terrazas Cortez, con decreto de 20 de agosto de 2009, por el que se señaló audiencia para considerar la objeción de la querella formulada por Carlos Alberto Terrazas Cortez, para el 24 de agosto del año señalado, a horas 10:00; así como a fs. 163 y 164 cursa notificaciones con decreto de 8 de septiembre, por el que se fijo nuevamente audiencia para consideración de la objeción de querella.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- in limine
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Legitimación activa
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR