SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2012

Fecha: 20-Ago-2012

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

El accionante denuncia como vulnerados sus derechos y de los centros a las que representa a la petición y a la obtención de respuesta formal y pronta, al trabajo digno, sin discriminación que le asegure para sí y su familia una existencia digna, a dedicarse al comercio o a cualquier actividad económica lícita, a la propiedad privada, al debido proceso, a la defensa, y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones y a los principios de seguridad jurídica, legalidad, congruencia y eficacia, citando al efecto los arts. 24, 46.I.1 y II, 47.I, 56 y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).