SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2012

Fecha: 20-Ago-2012

resolución de recurso jerárquico 001/2011 de 28 de julio,

Mediante RA DIR-SEDES 017/2011 de 18 de mayo, el Director Técnico del SEDES, desestimó el recurso de revocatoria planteado por Fortino Jaime Agramont Botello contra la RA 03/2011, por haber sido interpuesto fuera de término (fs. 173 a 174). Finalmente, por resolución de recurso jerárquico 001/2011 de 28 de julio, el Gobernador del Departamento de La Paz; resolvió, disponer la nulidad de obrados hasta fojas cuatro del trámite de interposición de los recursos de impugnación, por no haberse cumplido con la disposición establecida en el art. 47 (Publicación) del DS 27113; asimismo que el SEDES La Paz, proceda con la publicación, formalidad a partir de la cual surtirá efectos, y, la prosecución de todos los trámites de acreditación y certificación de los prestadores de salud que realizan actividades en primer y segundo nivel de atención (fs. 206 a 216). La solicitud de aclaración y complementación de 17 de agosto de igual año, fue declarada improcedente mediante Resolución de 24 de ese mes y año (fs. 222 a 226 vta. y 238 a 240).