SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2012

Fecha: 20-Ago-2012

II.5.

II.5.  Mediante orden de pago para establecimientos de salud 000080 de 30 de marzo de 2012, por concepto de apertura de la Clínica “EMERGENCIAS RÍO SECO” (fs. 93), que mediante RA RACM 212/12 de 16 de abril de 2012, se autorizó su apertura y funcionamiento a partir de la fecha de la solicitud, (fs. 516). Según orden de pago para establecimientos de salud 000081 de 16 de mayo de igual año, se autorizó el pago por apertura de la Clínica “CENTRAL EMERGENCIAS NUEVA ESPERANZA” (fs. 371) y que mediante RA RACM 220/12 de 16 de mayo, el Director Técnico del SEDES La Paz, autorizó su apertura y funcionamiento a partir de la fecha de la solicitud (fs. 515).