Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2012
Fecha: 20-Ago-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, dejando sin efecto el Auto de Vista de 15 de septiembre de 2011 y disponiendo que los Vocales codemandados pronuncien otra resolución, o alternativamente, se anule todo lo actuado del proceso, hasta el vicio más antiguo, que el Juez a quo emita nueva resolución observando el art. 197 del CPC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Abstracción del carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y la necesidad de demostrar la concurrencia del daño irreparable
- que evidentemente por un error involuntario de este juzgador debido a