Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2012
Fecha: 20-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración del derecho al debido proceso de la entidad que representa, por cuanto el Auto de Vista 334 de 15 de septiembre de 2011, emitido por los Vocales codemandados, así como la resolución de 13 de abril de 2010, pronunciada por el Juez codemandado no observaron el incumplimiento del art. 197 del CPC. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos expuestos por el accionante son evidentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Abstracción del carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y la necesidad de demostrar la concurrencia del daño irreparable
- que evidentemente por un error involuntario de este juzgador debido a