Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2012
Fecha: 20-Ago-2012
II.2.
II.2. Por el acta de audiencia pública de consideración de cesación a la detención preventiva, celebrada el 26 de abril de 2012 en el Juzgado Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz (fs. 31 y vta.), mediante Resolución 50/2012 de la misma fecha, se concedió la cesación a la detención preventiva bajo las medidas de sustitución a la detención (fs. 32 a 33).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- el
- III.2. Cumplimiento de resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso denunciado
- III.3.1. Respecto a la no emisión de mandamiento de libertad
- III.3.2. Sobre el tiempo transcurrido
- 1º REVOCAR