Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2012
Fecha: 20-Ago-2012
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega la vulneración de sus derechos al trabajo, a la seguridad social, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la defensa y al principio de legalidad, citando al efecto los arts. 45.III, 49.III, 115, 117.II, y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); y “115” del Pacto de San José de Costa Rica.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en los procesos administrativos
- la autoridad que las impone
- III.3. Derecho al trabajo
- III.4. Derecho a la seguridad social
- III.5. Análisis del problema jurídico planteado
- prescribe a los 12 meses
- veinticuatro meses,
- Fragmento 21
- APROBAR