Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2012
Fecha: 20-Ago-2012
II.2.
II.2. El 27 de febrero de 2008, el Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de la Policía Boliviana de departamento de La Paz, de acuerdo a requerimiento del Fiscal Policial dictó Auto Inicial de Proceso Disciplinario Oral y Público contra Toto y Freddy Laura Urquieta, por la transgresión del art. 6 inc. “D” num. 12 e inc. “B” num. 20 y 24 del RFDSPN y, a Macario Quispe Quispe por la transgresión del art. 6 inc. “B” num. 20 y 24 del referido reglamento.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en los procesos administrativos
- la autoridad que las impone
- III.3. Derecho al trabajo
- III.4. Derecho a la seguridad social
- III.5. Análisis del problema jurídico planteado
- prescribe a los 12 meses
- veinticuatro meses,
- Fragmento 21
- APROBAR