Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2012
Fecha: 20-Ago-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su abogado, ratificó la acción de amparo constitucional y en uso del derecho a la réplica manifestó, que hay pluralidad de imputados y no hay un cómputo diferenciado en el fallo dictado por las autoridades demandadas, Auto de Vista que no cuenta con una debida fundamentación, no se individualizó la participación de los coimputados, “…no desarrolla el art. 30, no diferencia el delito instantáneo, de un delito permanente aplicado al caso concreto, es incongruente porque introducen un documento falso…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- concediendo en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- i)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Invocación de los derechos vulnerados sin especificar la norma constitucional
- III.3. El derecho al debido proceso
- III.3.1. De la fundamentación de las resoluciones
- III.4.
- Fragmento 21
- III.5. Alcances y fines de la prescripción de la acción penal
- III.6.
- III.7. Respecto al derecho a la tutela judicial efectiva
- III.8. Análisis del caso concreto
- APROBAR