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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2012

    Fecha: 20-Ago-2012

    II.1.

    II.1.    Se evidencia la imputación formal de 18 de marzo de 2008, contra María Antonieta Orellana de Villarroel y Orlando Orellana Espinoza, por los supuestos delitos de falsedad material e ideológica, falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado, a querella de Julia Soliz Claros de Veliz (fs. 1 a 8 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Informe de los terceros interesados
    • concediendo en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • i)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.    Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.   Invocación de los derechos vulnerados sin especificar la norma constitucional
    • III.3.    El derecho al debido proceso
    • III.3.1.  De la fundamentación de las resoluciones
    • III.4.
    • Fragmento 21
    • III.5.   Alcances y fines de la prescripción de la acción penal
    • III.6.
    • III.7.   Respecto al derecho a la tutela judicial efectiva
    • III.8.   Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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