Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2012
Fecha: 20-Ago-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 179/10 de 17 de junio de 2010, cursante de fs. 64 a 67, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Álvaro Ariel Sánchez Pizarro contra Juana Pérez Alvis, Directora Técnica del Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES) y María Luisa Quispe García, Secretaria Departamental de Desarrollo Humano y Social de la Prefectura -hoy Gobierno Autónomo Departamental- de Chuquisaca.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Situación legal del funcionario provisorio
- los funcionarios designados y los de libre nombramiento pertenecen al ámbito de los funcionarios provisorios, por cuanto su ingreso a una entidad pública no es resultado de aquellos procesos de reclutamiento y selección de personal, sino que obedece a una invitación personal del máximo ejecutivo para ocupar determinadas funciones de confianza o asesoramiento en la institución
- III.3. Aplicación al caso de autos
- III.4. Dimensionamiento de los alcances de la parte resolutiva del presente fallo