Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2012
Fecha: 20-Ago-2012
a)
Solicitan se conceda la tutela y como efecto de ello: a) Se reconozca la legalidad de la conformación del nuevo Consejo de Administración elegido el 23 de abril de 2010, por los afiliados de “ANPROCA”; y, b) Se conmine a los recurridos a restituir sus derechos constitucionales, permitiéndoles el libre ingreso a la Planta Procesadora de Café “ANPROCA”, así como la devolución de la infraestructura, bienes y documentación que fue secuestrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- II.18.
- II.19.
- II.21.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al trabajo y al empleo
- III.3. Sobre el derecho a la circulación
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR en parte