SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2012
Fecha: 20-Ago-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refirieron que de conformidad al art. 23 inc. l del Estatuto de la Asociación, el Consejo de Administración estaba obligado a presentar a la Asamblea el informe anual de labores junto con el balance que hagan viable la “marcha de la institución” (sic), por lo que el 15 de febrero de 2010, Félix Chuquimia Nina, Presidente del Consejo de Administración, convocó a Asamblea Anual de “ANPROCA” para el 29 de marzo de igual año, en esta ocasión se informó a la misma sobre los aspectos económicos de la institución, los asistentes de la Asamblea determinaron suspender al Directorio y conformar el Comité “ad hoc”, responsables de constituir el nuevo directorio de “ANPROCA”.
Posteriormente el 23 de abril de 2010, dicho Comité convocó a un ampliado Nacional de Productores de Café, en la que se trató la conformación del nuevo Consejo de Administración de “ANPROCA”, y con la participación de más de novecientos productores se eligieron como Presidente del Consejo de Administración a Pedro Quispe Huaqui; Vicepresidente, Néstor Mayta Quilla, “Secretario de Actas Juan Poma Maydana, Secretario Consejero y Tesorero Marco Cabrera Mamani y como Vocal Faviano Quispe Apaza” (sic), conforme consta en actas del primer Ampliado Nacional y de posesión de 23 de abril de 2010, fecha en la que dicho Ampliado conminó a los hoy demandados a entregar formalmente los bienes activos y otros que estuvieron “manejando” (sic) a nombre de los cafetaleros, del mismo modo se encomendó a este nuevo Consejo de Administración, emplear medios legales, judiciales y administrativos para recuperar los bienes de “ANPROCA”.
Los demandados no obstante de conocer las determinaciones de la Asamblea Nacional y ser notificados con la entrega formal de las instalaciones y los bienes, se resistieron a hacerlo, gastando los recursos institucionales y usufructuando los mismos en beneficio personal, asimismo cerraron las puertas de la institución y no permitieron el ingreso del nuevo Consejo de Administración, llegando al extremo de agredir físicamente al nuevo Presidente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- II.18.
- II.19.
- II.21.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al trabajo y al empleo
- III.3. Sobre el derecho a la circulación
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR en parte