SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2012

Fecha: 22-Ago-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 13 de abril de 2009, miembros del Régimen Disciplinario de la ANAPOL, emitieron Auto inicial de proceso disciplinario en su contra, pues supuestamente el 3 de abril del mismo año a tiempo de presentarse en la oficina de control disciplinario y seguimiento de la ANAPOL a firmar el libro de control de sanciones disciplinarias, Jannet Montecinos Paredes le habría sentido fuerte olor a alcohol, solicitando a Pablo Patiño verificar dicha situación, quien habría confirmado que su persona se encontraba en estado de ebriedad.

Posterior a ello, el mismo día a horas 12:40, tras ser conducido por René Cotrina Vela al Organismo Operativo de Tránsito, el laboratorista de turno -Rafael Espejo Ramos- le extrajo una muestra de sangre para el estudio correspondiente, en presencia de los testigos de actuación Adolfo Copa y Pedro Flores; acto seguido, el Fiscal de Materia, Juan Carlos Choque Mamani a solicitud de autoridades policiales, emitió requerimiento dirigido al Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), encomendando la realización del estudio toxicológico.

El estudio ordenado tuvo como resultado el “Dictamen Pericial INF.LAB.CLIN.TOX 167/09 de 8 de abril de 2009, emitido por TERESA URIA BUTRON”, quien concluyó que en la muestra analizada no se detecta presencia de alcohol. En atención al resultado de dicho informe, el investigador asignado al caso en su informe en conclusiones, determinó que su persona no hubo consumido bebidas alcohólicas; sin embargo, pese a este informe conclusivo se dictó la Resolución final del sumario 046/2009 de 5 de octubre, imponiendo como sanción su retiro definitivo de la institución policial, sin emitir criterio positivo o negativo sobre la prueba pericial efectuada por el IDIF, que fuera solicitada por las mismas autoridades policiales, por el contrario, tendría como base las declaraciones y apreciaciones subjetivas de Jannet Montecinos Paredes y René Cotrina Vela.