SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2012

Fecha: 22-Ago-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Habiendo suscrito un contrato de asociación accidental para la comercialización de gas natural comprimido de uso automotriz y otros combustibles, sus mandantes tramitaron la anexión de dos inmuebles con una superficie total de 1093 m2 para cumplir los requisitos exigidos por la Superintendencia -hoy Agencia Nacional- de Hidrocarburos; habiendo solicitado a la Alcaldía de la provincia Cercado la aprobación del plano de remodelación de la estación de servicio Libertador; empero, fue observado mediante informe 993/06 de 19 de julio de 2006, que al ser impugnada mereció el pronunciamiento de la Resolución Ejecutiva 824/2006 de 18 de octubre, que la declaró improcedente.

Señala que, dentro de plazo interpuso recurso de revocatoria contra la citada resolución, pero fue rechazado mediante resolución de 27 de octubre de 2006; y, habiendo presentado recurso jerárquico ante la máxima autoridad, obtuvo la dictación de la Resolución Municipal 4983/2007 de 11 de diciembre, que determinó revocar la Resolución Ejecutiva 824/2006, instruyendo al Ejecutivo Municipal aprobar el proyecto de remodelación de la estación de servicio Libertador, que ocasionó que la autoridad hoy demandada presente recurso de reconsideración; sin embargo, fue rechazada mediante Resolución Municipal 5019/2008 de 18 de marzo, agotándose así la vía administrativa.