SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2012

Fecha: 22-Ago-2012

II.1.

II.1. Mediante memorial presentado el 14 de junio de 2010, José Eduardo Moya Claros -ahora accionante- denuncia al Ministerio Público la comisión del delito de allanamiento, solicitando su investigación y se ordene a la FELCC el registro del lugar del hecho; procesada la información, fue sorteada a la autoridad -hoy demandada- bajo el “Caso Nº ORU1000516”, quien en la misma fecha requirió a Richard Ochoa Pacheco, investigador asignado al caso, efectuar los siguientes actuados: a) Citar a los denunciados;           b) Entrevistar al denunciante y a los testigos para recolectar mayores elementos de convicción; y, c) “Proceda a ejercer lo que establece el art. 295 del Código de Procedimiento Penal en función a la Policía Judicial” (sic) (fs. 1-2 y vta. y 45 a 46)