Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2012
Fecha: 05-Sep-2012
Fragmento 13
Al respecto la SC 0582/2004-R de 15 de abril establece: “La caducidad es la extinción del derecho a la acción por el transcurso del tiempo o el plazo previsto por ley para el efecto, lo que significa que si el titular del derecho de accionar deja transcurrir el plazo previsto por ley sin presentar la demanda, el mencionado derecho se extingue…”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arts. 18 y 19 de la Constitución
- III.2.
- Fragmento 13
- III.4. De la motivación de la resoluciones judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR