SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2012

Fecha: 05-Sep-2012

III.2.

Respecto al tema, siempre es necesario tener presente que la jurisprudencia constitucional ya se ha pronunciado sobre varios temas, definiendo algunas situaciones que son útiles a la hora de resolver las causas que ingresan al Tribunal Constitucional Plurinacional; en ese sentido, a través de la SC 0815/2010-R de 2 de agosto refiriéndose a la SC 0029/2002 de 28 de marzo, ha determinado: “…la característica o efecto de la cosa juzgada formal es la de su inimpugnabilidad o firmeza. Produce este efecto cualquier resolución firme, respecto a la cual no exista ningún otro recurso previsto en la Ley…”.