Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.5.
II.5. El referido Auto Supremo, que declaró infundado el recurso de casación, en el segundo considerando, señaló que identificados los motivos de casación previamente realizaría un análisis del principal fundamento de la sentencia impugnada, es decir, la: “caducidad del derecho de los demandantes para acudir a la vía ordinaria en busca de la revisión de lo resuelto en el proceso ejecutivo” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arts. 18 y 19 de la Constitución
- III.2.
- Fragmento 13
- III.4. De la motivación de la resoluciones judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR