SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.4.
II.4. El Auto Supremo 12 de 4 de febrero de 2010, que resolvió la casación interpuesta, resume los motivos del recurso en los siguientes: i) Violación del art. 412 del CC, porque se admitió y convalidó el anatocismo efectuado por el Banco Minero de Bolivia; ii) Error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba al declarar que no se incurrió en anatocismo; iii) Violación de los arts. 485, 489 y 490 del CC, por no considerar que el anatocismo probado determina la ilicitud del objeto, causa y motivo del contrato base del proceso ejecutivo; iv) Asimismo vulneró el art. 552 del CC, porque a pesar de la imprescriptibilidad de la acción de nulidad se incurre en indebida aplicación de la ley; y v) Falta de las formas esenciales del proceso, porque la supuesta preclusión del plazo para promover la acción ordinaria no se ha producido porque nunca fueron notificados con el “cúmplase” del proceso ejecutivo; por lo que, respecto a ellos, no se ha vencido ningún plazo (fs. 30 a 32 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arts. 18 y 19 de la Constitución
- III.2.
- Fragmento 13
- III.4. De la motivación de la resoluciones judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR