SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2012

Fecha: 06-Sep-2012

III.4. Análisis del caso concreto

La parte recurrente impugna a través del presente recurso directo de nulidad el decisum de la Sentencia 188/2011 de 4 de julio, de la Sala Plena de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia, bajo el argumento de que excedió la función de control de legalidad usurpando competencias de la administración pública especializada porque al resolver procesos contencioso administrativos únicamente puede hacerlo anulando obrados pero nunca “…ordenando la aplicación de categorías tarifarias a determinados consumidores”.

sostuvo: “Esta noción de Estado de Derecho, responde a una determinada concepción filosófica del hombre y de la comunidad política -el Estado como ente racional al servicio del individuo- que se constituye en un sistema de vida en libertad, que se configura bajo la idea de: a) separación de los poderes estatales; b) sometimiento de todos los poderes al orden constitucional y a las leyes; c) sujeción de la administración a la ley y control judicial; d) reconocimiento jurídico formal de una serie de derechos, libertades y garantías fundamentales”; en este sentido, una de las expresiones de dicha noción es que el Órgano Judicial tiene la competencia para efectuar el control de los actos administrativos principalmente a través del proceso contencioso administrativo (art. 117.I de la CPEabrg.), por lo que en general la Corte Suprema de Justicia y conforme lo reconoce la parte recurrente, contaba con la competencia para conocer el proceso contencioso administrativo sometido a su competencia.