Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1149/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.4.
II.4. La impugnación de la accionante de 1 de marzo de 2010, al proceso de calificación emitido por la Comisión de Calificación fue resuelta a través de la Resolución de 17 de marzo de 2010, emitido por Gloria Nardy Angulo Salazar Profesional Seguimiento y Supervisión del Servicio Distrital de Educación Cercado II, Cristian Villarreal, Supervisión Distrital de la Unidad de Seguimiento y Supervisión del SEDUCA y Alicia Valencia, delegada al Comité Cívico “F.D.T.E.U.C.” (sic), determinando la improcedencia de dicha impugnación (fs. 113 a 114).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Interposición de la acción de amparo constitucional contra las autoridades que tienen facultad de reparar el reclamo vulnerado
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- denegar
- APROBAR