SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1173/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La Empresa accionante, manifiesta que se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa, al trabajo y a la “seguridad jurídica”, por cuanto en el contrato 116/08 GCV-OBR-TGN, Obras de Emergencia que favorecen al Departamento de Beni “Tramo II: San Buena Ventura - Ixiamas”, suscrita con la ABC, ésta última entidad mencionada, incumplió dicho contrato, al no elaborar el acta de recepción provisional y con ello se habrían determinado multas que habrían derivado en la Resolución de dicho contrato, frente a lo cual se interpuso recurso de revocatoria, mismo que fue rechazado argumentando que el procedimiento para la resolución del contrato antes referido se encontraría dentro del mismo contrato que además se rige por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y la Ley de Administración y Control Gubernamentales. En consecuencia, se procederá a analizar si en el presente caso corresponde la concesión o no de la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional, su carácter subsidiario
- en casos excepcionales y a fin de evitar un real, inminente e irreparable daño, procede otorgar la tutela de este recurso, aún en caso de que la persona tenga otra vía o recurso legal al que acudir, pero que por las características especiales, la lesión resulta irreparable por no actuar con la inmediatez que la emergencia exige”
- Fragmento 17
- III.2. De los contratos administrativos
- así, la firma del contrato administrativo genera un relación jurídica; por tanto, es irrevocable por la sola voluntad administrativa
- III.3. Análisis del caso concreto
- por cualquier omisión del contratante
- denegar
- APROBAR