SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2012

Fecha: 06-Sep-2012

Fragmento 3

El Auto de 15 de julio de 2010, hizo una interpretación indebida del art. 209 del CPP.1972 y fue ilegal, puesto que les puso en indefensión frente al inminente señalamiento de subasta y remate del bien inmueble que les pertenece, vulnerando su derecho al debido proceso; dado que, el único responsable de los daños civiles es el condenado, quien tiene que cubrir los mismos con sus bienes propios.