SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2012

Fecha: 06-Sep-2012

I.2.2. Intervención del Ministerio Publico

Esta autoridad en audiencia refirió que, el accionante al haber sido sorprendido en flagrancia tratando de cobrar un giro que no era suyo, fue objeto de una aprehensión policial, en virtud a lo determinado por el art. 227 del CPP, y no así aprehendido por el Fiscal como el mismo sugiere. Manifestó también que, a través del Requerimiento de 20 de julio de 2011, el fiscal asignado -codemandado- puso en conocimiento del Juez Primero de Instrucción en lo Penal -codemandado- los antecedentes, a objeto de que se defina la situación jurídica del aprehendido.