SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1249/2012
Fecha: 17-Sep-2012
a)
La accionante por intermedio de su abogado, amplió su demanda señalando lo siguiente: a) Del informe policial que se levantó, con relación a la detención de Elías Jaimes Ledezma, las tres personas que lo acompañaban se dieron a la fuga dejándolo solo, y que el mismo no tenía conocimiento de las actividades ilícitas que sus acompañantes estaban realizando; b) En el incidente de devolución de vehículo, presentó abundante prueba sobre su lícita adquisición y que la fecha en que se dispuso la incautación, la documentación referida a la titularidad se encontraba en pleno trámite, pues se pagaron impuestos, se protocolizó la minuta de transferencia, y se registró en la Alcaldía Municipal, habiéndose emitido la orden de incautación el mismo día; c) Las autoridades demandadas no valoraron dicha prueba, puesto que se adjuntó una minuta de compra venta de un lote de terreno ubicado en San Javier, que acredita que con el producto de su venta se adquirió el vehículo; y, d) Con relación a los requisitos de admisibilidad expresa que se han agotado todos los medios legales, fundamentos por los cuales solicita se revoque el Auto interlocutorio de 3 de diciembre de 2009, así como el Auto de Vista de 5 de diciembre del mismo año, y en consecuencia se disponga la devolución del vehículo con las características detalladas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Requisitos de forma y contenido que debe observarse a tiempo de presentar la acción de amparo constitucional, efectos de su incumplimiento
- 2)
- 3)
- III.4.Actuación del Tribunal de garantías