SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2012

Fecha: 19-Sep-2012

DE LA IMPRECISION Y CONTRADICCION EN LA DETERMINACION DEL ASPECTO TEMPORAL DEL DELITO.

Ante la negativa de la solicitud, el 24 de marzo de 2008, la Fiscal solicitó la reposición del decreto de 17 de marzo de 2008, misma que fue resuelta negativamente el 25 de mismo mes y año, por memorial de 12 de abril del citado año, las fiscales Carola Claudia Mancilla Ballesteros y Lorena Melean Coronado, reiteraron la solicitud de incautación, señalando como motivo “por ser las mismas sospechosas de estar inmersas en procesos de legitimación de ganancias ilícitas” (sic), es así que, por decreto de 14 de abril del referido año, se corrió traslado a las partes con la solicitud de las mencionadas fiscales, en consecuencia, dando respuesta solicitaron la improcedencia de la incautación por existir actividad procesal defectuosa, manifestando tres puntos fundamentados: “< DE LA IMPRECISION Y CONTRADICCION EN LA DETERMINACION DEL ASPECTO TEMPORAL DEL DELITO.