SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.2.1. Ratificación de la acción

Los accionantes a través de su abogado, ratificaron la acción de amparo constitucional y en uso del derecho a la réplica manifestaron que la problemática nace el “2006”, por motivo de haberse incautado sus bienes por supuestas ganancias ilícitas, recalcando que “La preocupación es por un bien inmueble, que viene a constituirse lo principal en esta demanda en la que no se tomo en cuenta que en el año 1.980 o 1990 que se adquirió un lote de terreno de 14.000.- metros cuadrados de la Av. Blanco Galindo, este bien costaba 80.000.- dólares esto se pago el año 1990, ahora la cuestionante es que, este bien inmueble cuesta actualmente 1.000.000.--dólares es un tema de sobre valoración y no de ganancias ilícitas” (sic), refieren que tampoco se consideró que en dicho lote, donde funciona una Estación de servicio desde los años “92 y 93”, nominado como Estación de Servicio Las Islas, sólo se hizo el cambio de denominación del bien, toda vez que siempre fue de la familia Saavedra, refiriendo que los bienes que fueron incautados constituyen la fuente laboral y sustento de dicha familia.

Concluyendo, a través de su abogado, manifestaron que mediante Auto de Vista de 4 de agosto de 2010 se rechazó el recurso de apelación por no estar previsto por el “Art. 40-3” (sic) del CPP y que debían enmarcar sus peticiones en lo dispuesto por el Art. 255 del mismo cuerpo legal, señalando que la resolución apelada es atípica, sin considerar que se trata de una medida cautelar real.