SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1269/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1269/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por contrato de trabajo 241/2012 de 3 de enero, fue designada funcionaria del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre por el tiempo de un año. Sin embargo, el 21 de marzo de 2012, se la notificó con la Resolución 42/2012 de 19 de dicho mes, emitida por la autoridad sumariante, sobre el inicio de un proceso administrativo en su contra por la supuesta contravención de los arts. 149 del Código Penal (CP); 8 inc. j), 53 y 54 del Estatuto del Funcionario Público (EFP); 235 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 78 del Reglamento Interno de la institución.

El 18 de abril de 2012, presentó recurso de revocatoria contra la Resolución 20/2012 de 11 de ese mes, que dispuso la sanción de destitución en su contra, misma que fue confirmada por la Resolución 230/2012 de 2 de mayo. Asimismo, el 11 de igual mes y año, presentó recurso jerárquico contra las Resoluciones anteriores, fundamentando las omisiones e irregularidades cometidas; por lo que el 24 de mayo de igual año, la notificaron con la Resolución 002/2012 de 22 de mayo, que confirmaba en todas sus partes las Resoluciones 230/2012 y 20/2012; y como consecuencia de lo cual, el 31 de mayo de 2012, mediante cite 642/12, el abogado y el Jefe de Recursos Humanos (RR.HH.) Jaime Camacho Flores y Santos Llanos Gutiérrez, respectivamente, procedieron a destituirla.