SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2012

Fecha: 19-Sep-2012

Declaración Universal de Derechos Humanos

De la misma forma, su reconocimiento en los tratados internacionales se verifica así: Declaración Universal de Derechos Humanos: Artículo 11º "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques". Convención Americana de Derechos Humanos: Artículo 11.2 “Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación“. Y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Artículo 17.1  "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación" (las negrillas nos pertenecen).