SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.2.

II.2.  Mediante las escrituras públicas de transferencia con arras de puestos de venta al crédito y las actas de reconocimiento de firmas, suscritas por la accionante a favor de las siguientes personas: Ylda Ramos Barriga; Leonor Villanueva Choque; Cristina Zarate Chuquimia, con dos puestos; Jaime Javier Canaza Chambi; Cristina Chambi vda. de Canaza; Lidia Mamani Ayma; Basilio Llusco Quispe con dos puestos; Álvaro David Chambi Challapa; Moisés Dávila López; Emilio Choque Ayjhuacho  con dos puestos; Andrés Churqui Mamani con dos puestos; Hilda Zárate Chuquimia de Churqui; Aleja Fuentes Lipez de Villca; Valerio Edgar Yampasi Espejo con tres puestos; Yolanda Martínez Choque; Bertha Moya de Castellón; Zenobia Ojeda Miranda de Cruz; Gregorio Ojeda Miranda; Raúl Hugo Calizaya Santos; Constantina Condori de Lazaro; Jeannette Paco Choque; Teodora Blanco Velásquez; Lucio Yampasi Espejo con dos puestos; Yola Vega; Genion Julio Cruz Mendieta; Balbina Ocsa Mamani; Daria Canaviri Ramírez, Ismael Mamani Fernández; Rosalia Herrera Quisbert; José Luis Mendoza Méndez; Celso Vinaya Guaygua; Carmen Meneses Coro;Freddy soraide Paredes; Leonor Cossío de Valdivia; Rufina Impa de Mallon; Emilio Bernabé Fernández; Hilda Álvarez de Centeno; Zenobia Ojeda Miranda de Cruz con dos puestos; René Toroya Auca; Máxima Calisaya de Llanos; y, Teodocio Mollocuaquira Caguasiquita (fs. 40 a 149).