SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2012

Fecha: 19-Sep-2012

a)

Ricardo Chumacero Tórrez y Pedro Francisco Callisaya Aro, presentaron informe escrito, cursante a fs. 145 y vta., con los siguientes fundamentos: a) La Sala Penal Primera quedó de turno durante las vacaciones judiciales, por cuya razón resolvió la apelación incidental interpuesta por la ahora accionante, contra la Resolución 382/2012 de 12 de junio, que negó su petición; b) La fianza económica fijada para la ahora accionante fue determinada por la otra Sala, pese a que la imputada presentó los mismos elementos con los cuales ahora pretende modificar dicha medida; c) El proceso seguido contra Betzabé Gladys Céspedes Céspedes, trata de la presunta comisión de delitos vinculados al narcotráfico, en el cual -como denuncia el Ministerio Público-, “se encuentran involucrados todo un clan” (sic), cuyos miembros utilizaban tractores para ocultar grandes cantidades de droga, existiendo de por medio, una organización internacional dedicada al lavado de dinero, con un monto de varios millones de dólares; y, d) Se debe considerar el art. 250 de CPP, cuya norma permite a las autoridades judiciales modificar las medidas cautelares aun de oficio y, al no ser esta acción la idónea para reclamar y hacer prevalecer los derechos supuestamente vulnerados, corresponde su denegatoria.