Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.7.
II.7. Por Resolución 382/2012 de 12 de junio, la precitada autoridad judicial, rechazó la petición de modificación de fianza, argumentando la existencia de elementos respecto a movimientos económicos en el que se involucra a la accionante, que hacen inexistentes las condiciones para modificar la medida económica establecida por los Vocales en grado de apelación (fs. 124 a 127).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
- sin embargo, cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones.
- al derecho a la libertad física y de locomoción
- a la valoración razonable de la prueba; derecho a la motivación y congruencia de las decisiones (…)
- Imparcialidad.
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR