SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1324/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.1.
II.1. Mediante Resolución 09/2012 de 31 de enero, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro de la acción de libertad interpuesta por Ricardo Blanco Salazar en representación sin mandato de Jacqueline Norma Lora Caballero y otra, contra las mismas autoridades demandadas; dictó Resolución, CONCEDIENDO la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto la Imputación formal efectuada contra las mismas, debiendo el Representante del Ministerio Público emitir una nueva imputación formal dentro de las cuarenta y ocho horas de emitido y conocido el fallo; dándose cumplimiento al art. 92 y ss. del CPP, cumpliendo todas las formalidades de Ley y la línea jurisprudencial que rige al efecto con la notificación personal a las imputadas (fs. 8 a 9).
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 14
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- esta acción de defensa, por la urgencia de la situación, se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados; empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho la libertad y a la persecución o procesamiento indebido deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haber restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotados estas vías especificas…`”
- 2)
- ”De manera excepcional opera el principio de subsidiariedad ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección, o bien cuando se activa de manera paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico tanto en la vía constitucional como en la ordinaria”
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR