Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2012
Fecha: 19-Sep-2012
conceder
En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, sin embargo, si bien correspondía otorgar la tutela solicitada, el Tribunal de garantías, al conceder la acción de amparo constitucional por todos los derechos reclamados, efectuó una parcial compulsa de los antecedentes procesales, pues no estableció la especificación de los derechos y principios efectivamente vulnerados, como desarrolló éste Tribunal en el análisis del caso concreto del presente fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Intervención de los terceros interesados
- 1.2.3. Informe de los demandados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1.
- Fragmento 26
- III.2.2. Con referencia al derecho a participar libremente en la formación y ejercicio del poder político
- Artículo 5.
- Artículo 2 (Alcance Legal).
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder
- APROBAR